Micelio
Auto28 de julio de 1999

A- de 1999

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Luis Humberto Otero

Tema · dato duro
Conflicto De Competencias.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Cuantía no lo define
  • Falta de superior jerárquico común
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó remitir el expediente de la referencia al Tribunal competente para que le dé el trámite previsto en el Art. 86 de la Carta Política y el Decreto 2591 de 1991 para la primera instancia de las acciones de tutela, pues esa corporación es la competente para conocer de la petición de amparo del accionante y no el desaparecido Tribunal Nacional, toda vez que éste sólo era competente para conocer de las tutelas falladas en primera instancia por los jueces regionales, y para juzgar en primera instancia las acciones motivadas por una violación o amenaza ocurrida en el Distrito Capital que le servía de sede.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE:
  2. REMITASE el expediente de la referencia al Tribunal Contencioso Administrativo del Meta, para que le de el tramite previsto en el articulo 86 de la Carta Politica y el Decreto 2591 de 1991 para la primera instancia de las acciones de tutela, pues esa corporacion es la competente para conocer de la peticion de amparo de Luis Humberto Otero Gomez, y no el desaparecido Tribunal Nacional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.